Los
abogados debemos agradecerle al legislador lo mucho que cuida de nosotros. No
creo que haya habido ninguna reforma legal que nos haya dejado sin trabajo. La última
reforma laboral no es ninguna excepción.
Con
las nuevas reglas han aparecido nuevos problemas. Uno de los más serios es el
del despido verbal, que es una figura muy frecuente, pero que la ley no
contempla.
Actualmente,
la ley prevé que el trabajador despedido pase inmediatamente al paro. Por lo
tanto, el trabajador no se encuentra nunca sin ingresos (suponiendo que tenga
derecho a paro, claro, que no siempre es el caso). El SPEE (antes INEM) sólo le
pedirá la carta de despido y un certificado de la empresa con las cotizaciones
de los últimos 180 días.
El
problema llega cuando la empresa no ha entregado una carta de despido. Puede
que el despido sea verbal, o que la empresa haya cerrado sin molestarse en
despedir a la gente. También sucede que el empresario mantenga que no ha
despedido al trabajador, sino que este ha abandonado el trabajo
voluntariamente. Se llega a dar el caso de que la empresa no dé de baja al
trabajador, pese a haberle despedido.
Sin
carta de despido, el trabajador no puede acceder al paro, porque el SPEE (antes
INEM) no puede comprobar que lo hayan despedido. Por lo tanto, se queda sin
cobrar nada hasta que la cosa se resuelva.
Antes
de la reforma, los salarios de tramitación ayudaban a resolver este problema. El
empresario tenía un incentivo considerable para entregar la carta de despido,
resolviendo el problema del paro. Si el empresario no lo hacía, el trabajador
acabaría cobrando los salarios de tramitación (que podría usar para devolver a
su familia el dinero que le hubieran prestado para poder comer).
Ahora
han empezado a aparecer casos en que el empresario se niega a entregar la carta
de despido… mientras el trabajador no le firme el finiquito. Es un nuevo abuso
que facilita la reforma, y que viene a reducir aún más los derechos de algunos
trabajadores en caso de despido.