martes, 7 de diciembre de 2010

La huelga de controladores y la negociación

La huelga de los controladores aéreos está siendo toda una lección sobre estrategia. Lógicamente, sabemos poco sobre el desarrollo de las sesiones de negociación antes de estallar el conflicto, y las versiones que podemos recibir pueden no ser fiables. En cambio, al pasar las partes a los hechos, los espectadores (y víctimas, en muchos casos) podemos ver más detalles.

La discusión sobre las horas de trabajo de los controladores ya mostró apuestas de unos y otros. El gobierno decidió limitar las horas de trabajo para reducir los ingresos de los controladores. Por otra parte, el gobierno anunció la privatización de la gestión de los aeropuertos. Es previsible que la gestión privada comporte nuevas fórmulas de presión sobre los controladores y les obligue a seguir reduciendo sus condiciones salariales.

Los controladores confiaron en que el paso del tiempo iría agotando las horas de trabajo disponibles hasta que los controladores tuvieran que quedarse en casa. Esta estrategia debía producir sus efectos antes de final de 2010. El calendario parecía favorecer a los controladores, ya que el gobierno no tenía tiempo de aplicar la privatización antes de Navidad. El riesgo de paralización del control aéreo en una época de vacaciones obligaría al gobierno a negociar condiciones que protegieran a los controladores del nuevo régimen.

El gobierno reaccionó a la estrategia de los controladores cambiando la regulación de la jornada de trabajo. Sin duda, pretendía impedir el agotamiento de las horas laborables dentro del año y vaciar así de contenido la presión de los controladores.

Esto explica la indignación de los controladores. Su estrategia de presión estaba a punto de fracasar, dejando al gobierno las manos libres para seguir presionándoles con la gestión privada.

La reacción de los controladores parece bastante irreflexiva. Al ir a la huelga salvaje seguramente pensaron que el gobierno se vería obligado a ceder. El gobierno, sin embargo, con una energía hasta ahora desconocida, decidió aguantar el envite y apagarle el farol a los controladores. Parece que, con la militarización del control aéreo, el gobierno ha conseguido el apoyo de la opinión pública, lo que le inmuniza frente a las consecuencias de la huelga. Al mismo tiempo, la gravedad de las sanciones a las que se enfrentaban los controladores ha quebrado la huelga. En este momento, los controladores no tienen herramientas de presión disponibles.

A los controladores, el tiempo se les acaba. El gobierno puede pedir a las Cortes una prórroga del estado de alarma hasta que pase la Navidad. Viendo la rapidez con que ha conseguido reaccionar, es más probable que el gobierno levante el estado de alarma, incluso antes de agotar los quince días, y se guarde la posibilidad de volverlo a decretar si los controladores quieren ir a la huelga.

Los controladores, por su parte, han quedado en muy mala posición. No pueden convocar una huelga mientras se mantenga el estado de alarma. Incluso si se levantara, tendrían que dar un preaviso, lo que daría tiempo al gobierno para reaccionar. Nos podemos imaginar una sesión del Congreso el mismo día del inicio de la huelga, con los diputados debatiendo en televisión qué se hace con los controladores. No creo que los controladores se arriesguen.

Así pues, los controladores tienen pocas esperanzas de volver a negociar nada con el gobierno antes de Reyes. Para entonces, tendrán dos problemas muy serios. Por una parte, la privatización estará avanzando, con el apoyo de la opinión pública. Por otra parte, tendrán que negociar la retirada de los despidos que se hayan producido o se vayan a producir. En ambos aspectos, el gobierno lleva las de ganar. El próximo convenio de los controladores les será mucho menos favorable que el actual.

La huelga de controladores y el derecho de huelga

Quien más quien menos, todo el mundo espera que el gobierno sancione a un gran número de controladores. Se habla de 440, y hasta de 500. Dada la gravedad de los hechos, parece lógico que los controladores que abandonaron sus puestos de trabajo con falsos pretextos sean despedidos. Sin embargo, la cosa puede no estar tan clara.

Hasta ahora, el sindicato de controladores (USCA) está manteniendo que no convocó ninguna movilización, y que los trabajadores actuaron individualmente. No sé si esta línea de defensa será muy acertada. Al fin y al cabo, el sindicato sí convocó asambleas (que se le pudieron ir de las manos, desde luego) y también dio publicidad a algunos aspectos del paro, como la previsión de agotamiento de las horas laborables en Santiago. El hecho es que el paro fue muy amplio y fue simultáneo, lo que da a entender que se trató de una acción concertada.

Me parece más intrigante la defensa contraria: que sí se trató de una huelga, aunque no respetara los cauces legales. La huelga es un derecho constitucional y, por lo tanto, los tribunales deben interpretar restrictivamente cualquier limitación a su uso, incluida la sanción por el exceso en su ejercicio. El despido es la máxima sanción dentro del ámbito laboral. Podría darse el caso de que los tribunales piensen que la Constitución le da a los huelguistas algún amparo, siquiera parcial y, por tanto, consideren que la sanción no ha de ser la máxima posible.

El problema es que, una vez decidido el despido, los jueces no pueden sustituirlo por una sanción más leve; sólo pueden convalidarlo o revocarlo.

Los aeropuertos ya tienen una experiencia con el envío a los jueces de una patata caliente. La invasión de las pistas del aeropuerto del Prat ya se saldó con despidos que luego fueron revocados por la justicia.

La huelga de controladores y la baja médica

De acuerdo con las informaciones publicadas en los diarios, el pasado viernes el 70% de los controladores aéreos que estaban de servicio abandonaron sus puestos de trabajo, aduciendo que no se encontraban en condiciones psicofísicas para trabajar. El resultado fue la paralización total del servicio.

Aparte del comprensible enfado de la ciudadanía, incluidos los no afectados, hay unos cuantos aspectos interesantes en este conflicto.

El comportamiento individual de cada controlador que abandonó el servicio, en principio, es causa de despido disciplinario. Se ausentaron del puesto de trabajo sin previo aviso, sin justificación y con un perjuicio muy grave para el servicio. Además, parece que se trata de una acción concertada, lo que aún es más grave.

La justificación que ofrecieron es muy típica de los conflictos laborales en España: que estaban enfermos. Es muy corriente que los trabajadores que mantienen un conflicto con la empresa se nieguen a ir a trabajar y acudan en cambio al médico para que les dé la baja. Los médicos del seguro suelen ser extraordinariamente tolerantes con estas bajas y en algunas ocasiones cooperan activamente con el trabajador. Esta costumbre se ha convertido en una verdadera epidemia, y las autoridades competentes intentan luchar contra ella, aunque con resultados bastante dudosos.

La discusión jurídica sobre la enfermedad de los controladores se presta a resultados chocantes, porque puede haber (por lo menos) tres clases de situaciones diferentes. Los controladores que se fueron al médico y obtuvieron una baja médica oficial, incluso si después es revocada por la inspección, no tenían obligación de trabajar y, por lo tanto, no han cometido ninguna infracción.

Otros controladores, estando de baja, fueron identificados por la policía en la asamblea que celebraban en un hotel cercano al aeropuerto de Barajas. A simple vista, parece que no estaban enfermos y que, si obtuvieron la baja, lo hicieron con engaño y, por lo tanto, pueden ser despedidos.

Pero insisto en lo de a simple vista. Puede resultar que sufran una enfermedad que les impida trabajar pero no asistir a una asamblea (por ejemplo, una ceguera). Cuando se vean los juicios correspondientes pueden producirse muchas sorpresas.

Una tercera situación es la de los que no fueron a pedir la baja. Un portavoz del sindicato explicó a la prensa que puede haber situaciones médicas que impidan trabajar pero no comporten la baja médica. Esa defensa es un error. La baja médica (técnicamente, la incapacidad temporal) no tiene nada que ver con la gravedad del estado de salud, sino, precisamente, con la capacidad para realizar el trabajo. Si el trabajador está temporalmente incapacitado a causa de una enfermedad, ha de obtener la baja. Si no la pide, o no se la dan, se entiende que está en condiciones de trabajar.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Tres reflexiones sobre la crisis en España

 1)  España necesita una devaluación, pero abandonar el euro para devaluar sería una catástrofe para España y para la Unión. Por lo tanto, el único camino posible es una deflación. También serviría una inflación más baja que la alemana, pero, visto que los alemanes no van a dejar que su inflación aumente, la nuestra tendrá que ser cero o menos.

Esta deflación ya se está produciendo en el mercado inmobiliario, y, según parece, todavía no ha acabado. No estoy seguro de cómo, pero se producirá también en otros sectores: la actividad continuará frenándose hasta que los precios sean competitivos en el exterior.

2)  Las exigencias de reducción del déficit público van a favorecer la deflación: menos renta disponible para impulsar el consumo, menos gasto público, menos inversión pública, posiblemente menos expectativas de beneficios para las empresas.

Los problemas de la banca tendrán el mismo efecto. Los grandes bancos españoles preferirán el negocio en el exterior a financiar la actividad económica en España.

3)  Puede que, técnicamente, la crisis acabe pronto. Sin embargo, la recuperación será muy lenta. No tendremos crecimiento ni nuevo empleo hasta que los precios españoles se hayan ajustado.

Los niveles de desempleo seguirán siendo extraordinariamente altos durante años, quizá muchos años.

4)  Y una duda:

España ya ha exportado mano de obra en crisis anteriores. Es posible que lo vuelva a hacer. La obsesión por la propiedad de la vivienda dificulta la emigración de muchos trabajadores, españoles y extranjeros, pero la pérdida de valor de las viviendas y el peso de la deuda hipotecaria puede romper esas ataduras.

viernes, 15 de octubre de 2010

El Estado favorece a los estafadores

Entre los muchos detalles de nuestra legislación laboral que la gente no suele conocer, hay uno que me parece especialmente sangrante. Intentaré explicarlo.

Cuando un trabajador reclama contra su empresa, ya sea por salarios impagados o por despido, se puede encontrar con tres situaciones: que el empresario sea solvente, que no lo sea y que sea solvente, pero haya ocultado su patrimonio.

Esta tercera situación es muy corriente, sobre todo en algunos sectores. Una versión a la que los abogados nos enfrentamos continuamente es la de la empresa en forma de sociedad limitada descapitalizada. Esto significa que la sociedad no tiene bienes ni derechos con los que hacer frente a sus deudas, aunque el empresario que la dirige (y, directa o indirectamente, es el único socio) sí tiene bienes. De acuerdo con la ley, las deudas son de la sociedad, pero no del empresario. Rápidamente se comprende que esto se presta a muchos fraudes: el empresario paga a quien quiere (normalmente, a los bancos y a los proveedores), pero deja a los trabajadores sin cobrar.

En esta tesitura, el trabajador se plantea un dilema. Puede esforzarse para que se declare responsable al empresario, o puede dejarlo correr. Si se olvida del empresario y acepta la insolvencia de la empresa, rápidamente inicia los trámites para cobrar del Fondo de Garantía Salarial las cantidades que se le deben. En cambio, si persigue el patrimonio del empresario, no podrá solicitar ningún pago del FGS mientras quede alguna posibilidad, incluso teórica, de cobrar del empresario. Si consigue cobrar algo, esa cantidad se descontará de lo que ha de pagar el FGS. O sea, que el trabajador y su abogado trabajan durante muchos meses en beneficio del FGS, sin obtener ningún beneficio propio.

El caso más grave es aquél en que el trabajador solicita la declaración de responsabilidad del administrador de la sociedad. Dada la manera de funcionar de nuestras leyes y tribunales, el trabajador no puede incluir al administrador en la demanda laboral. Debe esperar a que acabe el pleito laboral y entonces iniciar una demanda mercantil, que no se tramitará en menos de un año. Habrá de pagar a su abogado, a un procurador y, si la cosa no sale bien, al abogado y el procurador contrarios. Durante ese tiempo, no podrá cobrar del FGS. Si llega a cobrar, más le vale que consiga cobrar más de lo que pagaría el FGS.

Lógicamente, ningún laboralista aconseja a su cliente perseguir al empresario. Al contrario, la ley incentiva a olvidarse del empresario estafador, que deja de pagar a sus trabajadores a ciencia y conciencia de que no le perseguirán.

Esta situación sería fácil de cambiar. Bastaría que el FGS no se descontara todo lo que el trabajador consiga en la ejecución, de manera que el trabajador tuviera un incentivo económico para impulsar la responsabilidad del empresario real.

No vale la pena buscar esta pequeña reforma en la nueva legislación, porque el legislador no ha mostrado ningún interés en dejar de favorecer a los empresarios estafadores.

La lógica jurídica


Existe toda una disciplina académica dedicada al análisis lógico del derecho. Su presupuesto es que existe eso que se llama "silogismo jurídico". Para los que no lo hayan sufrido, la idea es que el juez toma dos premisas como "el que mate ha de ir a la cárcel" y "Catilina ha matado", y de ellas deduce una conclusión, como "Catilina ha de ir a la cárcel".

Aunque a primera vista el razonamiento parece claro y sencillo, la verdad es que no lo es. Los aficionados a esta arcana disciplina se entretienen con innumerables y distraidísimas complicaciones que se pueden resumir en una: es prácticamente imposible formalizar la lógica normativa porque una cosa es la lógica y otra la normativa. No digo que sea totalmente imposible porque algunos adeptos son gente realmente inteligente.

Los jueces y la gran mayoría de los juristas prácticos tienen una relación muy curiosa con la lógica jurídica que se resume en algo parecido al positivismo jurídico. La idea viene a ser que, cuando alguien tiene una duda sobre cómo se aplica una norma, puede deducir la respuesta a partir de un conjunto de normas. Cada norma sería una premisa y de su conjunto se podrían deducir las respuestas a cualquier pregunta.

La idea (y el positivismo jurídico) tal vez pudiera ser viable si las leyes fueran un conjunto sistemático, completo y coherente. Si el legislador asumiera la responsabilidad de completar la regulación y eliminar sus contradicciones, la lógica jurídica no progresaría ni mucho ni poco (es una disciplina abstracta), pero los  ciudadanos podrían confiar en los silogismos judiciales, porque quizá no serían justos, pero, por lo menos, serían previsibles.

No entraré ahora en los detalles, pero sí ofreceré una metáfora: el plano del metro de Madrid. Si quiero ir de la antigua facultad de derecho, en San Bernardo, al tribunal supremo, en Tribunal, el plano me dice que vaya a Noviciado o a Bilbao y haga trasbordo. Los madrileños, en cambio, me dirán que coja por Carranza y baje por Fuencarral, porque andando llegaré antes y sufriré muchas menos escaleras.

Cuando nos referimos a la ley, la complicación es mayor, y probablemente la forma de razonar de los juristas nos obligará a hacer dos trasbordos y pasar por Alonso Martínez, que para eso fue el autor del Código Civil.

jueves, 7 de octubre de 2010

Pensar sobre China


Fascinante artículo de Rafael Poch, sobre China. Explica muy bien con qué reservas se han de tomar los innumerables comentarios sobre la nueva superpotencia: el modelo político es más pragmático que dictatorial; la potencia económica china es muy relativa; bajo el desarrollo de China bulle una tensión social y laboral; China tiene un riesgo de inestabilidad interna.

Desde antiguo, China ha tenido en Europa la fama de ser un país misterioso. Sin embargo, las observaciones de Poch demuestran que el misterio reside en que no pensamos seriamente en los datos de que disponemos. Las observaciones de Poch son creíbles porque son sensatas. La conclusión, después de leerle, es que China se enfrenta a problemas muy distintos de los nuestros, pero sus reacciones son muy parecidas a las que adoptaríamos en Europa si estuviéramos como ellos.

martes, 5 de octubre de 2010

Reforma laboral y fraude

Uno de los mayores defectos de la última reforma laboral es que no hace nada para reducir los niveles de fraude en las relaciones laborales. Al revés, se apoya en el fraude e incluso lo incentiva.

Es corriente leer que el porcentaje de contratos temporales en España es mucho mayor que en otros países. Sobre este dato se edifican argumentaciones al gusto de cada uno. Se dice que el mercado es dual, o que hay que cambiar el modelo de contratos temporales por el de contratos a tiempo parcial.

Prácticamente nunca se dice la verdad y es que, como de costumbre, el rey está desnudo. Los contratos temporales que se firman en España son ilegales en su gran mayoría. Son contratos indefinidos disfrazados de temporales. Hay tantos casos que, seguramente, cada español conoce no ya uno, sino varios. 

Lo más corriente es que el primer contrato sea “por circunstancias de la producción”. Simplemente dándole la vuelta al documento se suele ver que la única especificación es que la empresa sufre una “acumulación de tareas”. A veces, pero no siempre, algún gestor más imaginativo aclara que la acumulación se produce por la Navidad, o por la Semana Santa, o por el Verano.

Lo más común es que el contrato dure seis meses (vaya Navidades tienen algunos) y se prorrogue por seis meses más, demostrando con la propia renovación que no hay ninguna acumulación de tareas y que el trabajador cubre realmente un puesto de trabajo fijo. El contrato, sin embargo, entra en las estadísticas como temporal.

Si el trabajador, cuando acaba el contrato, decide ir al abogado a que le compruebe el finiquito, se quedará asombrado. Le informarán de que tiene derecho a los 45 días, y a salarios de tramitación, además de al finiquito, porque estaba "fijo desde el primer día". Lamentablemente, muchos trabajadores no se asesoran, o prefieren no reclamar en la esperanza de que el empresario los volverá a contratar. Los hay que tienen suerte y los hay que no.

Sabiendo que centenares de miles de trabajadores españoles están en esta situación, sorprende que la reforma haya adoptado unas medidas tan tímidas para reducir la temporalidad en el empleo. Si tenía ese objetivo, cosa que es lícito dudar, lo que tenía que hacer era facilitar el cumplimiento de la legislación vigente.

Mi modesta proposición es que se penalice al empleador fraudulento. Ya que ponemos en 33 días por año el despido improcedente de un trabajador fijo, pongamos en 66 el de un trabajador con un contrato temporal fraudulento. Seguramente con ello tendríamos unas estadísticas de contratación más correctas.

viernes, 1 de octubre de 2010

La huelga y la reforma

Ayer tuvimos huelga general. Los sindicatos han vuelto a exhibir su fuerza y, por mucho que se diga, sigue siendo considerable. Pero muchos trabajadores que no se han sumado a la movilización. Los sindicatos no han conseguido demostrar que lideran a la clase trabajadora española.

He oído y he leído muchas opiniones sobre porqué gran parte de los trabajadores españoles no se ha opuesto a la reforma laboral. La mía son dos: mucha gente en España ha visto la reforma como algo inevitable; y mucha gente en España cree que la reforma no le afecta.

Quizá la reforma era inevitable porque había que contentar a los compradores de deuda pública. Es un argumento muy difundido, aunque a mí me resulta chocante. Por lo que parece, los inversores tienen muy poca idea de dónde ponen el dinero. Si han quedado satisfechos, no creo que nadie sepa por qué.

Y, sin embargo, estoy de acuerdo en que es necesaria una reforma laboral. No la que se ha hecho, que no tiene demasiado sentido, sino un cambio completo en el sistema de relaciones laborales del país. La legislación actual está plagada de incoherencias, se presta a incontables abusos de todo tipo y, lo que es más importante, es gravemente disfuncional.

Yo creo que muchos españoles son conscientes de esta situación. No porque conozcan a fondo los recovecos del sistema, pero sí porque han visto sus efectos y no son satisfactorios. Por eso creo que muchos trabajadores españoles, a pesar de ser conscientes de que las reformas les perjudicarán, ven inevitable un cambio.

Otra cosa muy distinta es que la reforma que se ha promulgado sea el cambio que el país necesita.

Digo que mucha gente cree que la reforma no le afecta, y lo digo por tres motivos. El primero, porque la crisis de hecho no les ha afectado; el segundo, porque el sistema ya no les protegía antes de la reforma; el tercero, porque la seguridad de los trabajadores españoles descansa, sobre todo, en el desempleo y la jubilación.

La crisis ha afectado mucho a los trabajadores temporales y poco, en cambio, a los trabajadores fijos. Los trabajadores fijos han tenido miedo, y seguramente lo siguen teniendo, pero, por más que el Gobierno abarate el despido, siempre será más barato deshacerse de los contratos temporales.

La rebaja en los costes del despido tampoco afecta a los trabajadores temporales o con poca antigüedad, porque su despido ya era muy barato. La reforma empeora su situación un poquito, pero ya no tenían mucho que perder.

La verdadera red de seguridad de los trabajadores españoles está en el sistema de protección social, mucho más que en la protección contra el despido.

Cuando un trabajador consulta sobre su despido, lo habitual es que ya sepa cuántos meses de desempleo le corresponden. En cambio, no suele haber hecho el cálculo de  su indemnización por despido, ni siquiera aproximadamente. De ahí deduzco que no ve su indemnización como un ahorro para el momento en que pierda el empleo, sino puramente como una penalización disuasoria para el empresario.

domingo, 12 de septiembre de 2010

Así han quedado las cosas

Finalmente, las Cortes han aprobado el texto definitivo de la reforma laboral. En todo el proceso no parece que la oposición tuviera gran cosa que proponer, así que nos hemos quedado con una versión más suave del texto del gobierno.

Lo que más destaca es que ahora el despido por causas objetivas ha de ser razonable, y no solamente mínimamente razonable. El cambio es pequeño y no aclara mucho qué despidos serán procedentes y cuáles no. Muchos profesionales sospechan que los jueces conservan un amplio margen de interpretación. Desde luego, el criterio de razonabilidad no es muy sólido.

Aun así, habrá que esforzarse por aclarar las cosas.

martes, 22 de junio de 2010

Anosognosia

Interesantísima la serie de Errol Morris en NYT sobre el conocimiento. Explora un problema oscuro y laberíntico, pero apasionante: hay muchas cosas que sabemos, otras que no sabemos, pero somos conscientes de que no las sabemos; pero hay otras que no sabemos que no las sabemos.

El salto entre ser consciente de la propia ignorancia y no serlo es enorme, porque es el requisito para aprender.

viernes, 18 de junio de 2010

Una reforma no tan urgente

Una parte muy importante de la reforma laboral del gobierno se apoya en el contrato de fomento de empleo. Las novedades en este contrato no producirán efectos inmediatamente, sino a lo largo de los años.

Los primeros despidos a los que se aplicará la nueva normativa no se producirán hasta junio de 2011. Los efectos realmente trascendentes aparecerán en los contratos de fomento con cuatro o cinco años de antigüedad, es decir, a partir de 2014 ó 2015.

Además, estos contratos, en un primer momento, serán una proporción muy pequeña de los que haya en vigor, y sólo se irán generalizando a medida que las empresas vayan contratando nuevo personal. Es decir, que la transformación de las relaciones laborales no será seria hasta, por lo menos, 2015, o incluso más allá.

Habrá que ver si la regulación que hoy ha entrado en vigor se mantiene durante tanto tiempo, o si se volverán a introducir cambios.

Yo no tengo una bola de cristal, pero veo dos problemas que me hacen pensar en nuevos cambios. El primero es la tramitación parlamentaria ese verano; no dudo que se introducirán enmiendas, tal vez muy importantes.

El segundo problema, más a largo plazo, es que de nuevo se crean dos categorías de trabajadores. Los que tengan contrato ordinario (los 45 días) tendrán una protección de primera; los de fomento (los 33 días) tendrán una protección, como mucho, de segunda. No sé si esta nueva dualidad se podrá mantener indefinidamente.

jueves, 17 de junio de 2010

El Estado se estafa a sí mismo

De los muchos aspectos de la reforma laboral sobre los que hablaremos en los próximos meses, he elegido uno que me parece un buen ejemplo de sus defectos.

Cuando se extinga un contrato de fomento de empleo por despido objetivo, el FOGASA se hará cargo de 8 días de salario por año de servicio y a la empresa le quedará pagar los otros 12. En realidad, esto ya existía bajo la forma del 40% de los 20 días a cargo del FOGASA para empresas de menos de 25 trabajadores, que ahora se amplía a todas las empresas.

Lo chocante es que el FOGASA pagará los 8 días aunque el despido sea improcedente. Tal vez esto tuviera sentido antes de la reforma, pero ahora entra directamente en lo absurdo. Veamos por qué.

El despido objetivo será procedente si, según dispone ahora el art. 51.1 ET, la decisión de despedir es mínimamente razonable. Se sigue que son improcedentes los despidos que no son ni siquiera mínimamente razonables, es decir, los absurdos, los abusivos, los caprichosos; en resumen, los que no son objetivos ni necesarios.

No se entiende por qué el FOGASA ha de subvencionar estos despidos. Hasta ahora han sido las empresas (y los trabajadores) quienes se han encargado de camuflar bajo distintas fórmulas la realidad para que el FOGASA pagara los 8 días aunque no le correspondiera. Ahora es el Estado el que se engaña a sí mismo y se obliga a hacer pagos sin sentido.

Empieza la reforma

A las 09:20 h hemos recibido la primera llamada de un empresario que estaba esperando la reforma para despedir.

miércoles, 16 de junio de 2010

¿El porqué de qué?

Interesante el artículo de Raúl Minchinela en La Vanguardia de hoy (de pago).


Yo no he seguido Lost porque ya en la primera temporada me aburrí. Me pareció (y todavía me parece, lo confieso) que el misterio era tan artificioso como los conflictos de los culebrones.

Ahora Lost se ha acabado y los fieles seguidores se han quedado sin saber el porqué de no sé cuántas cosas. Lo que yo me pregunto es: ¿el porqué de qué? Nada de lo que aparece en la serie es real: ni el avión, ni la isla, ni la iniciativa Dharma, ni los extraterrestres, ni ninguno de los misterios. Por tanto, no hay tampoco ningún misterio. En la serie sale lo que cada semana se le ocurre a los guionistas.

No creo que los devotos seguidores sean tan ignorantes que no sepan esto. Y, con todo, siguen queriendo una explicación. Ahí es donde los espectadores se convierten en el espectáculo: lo fascinante, lo intrigante es nuestra necesidad de explicaciones.

martes, 15 de junio de 2010

El día antes del decreto de reforma laboral

Ahora todo el mundo ha tenido unos días para leer con calma el borrador que publicó el gobierno, y el gobierno está recibiendo críticas de todas partes.


El borrador del gobierno no es más que un conjunto de parches. Ya hace muchos meses que se discute sobre las reformas necesarias, pero parece que no ha servido para nada. El gobierno no tiene ninguna idea clara de cómo quiere que sean las relaciones laborales en España. De ahí que se limite a ir retocando las figuras que ya existían, supongo que con la esperanza de que sirva para algo.


Un buen ejemplo es la regulación del coste del despido. En lugar de proponer un modelo (y le han sugerido varios), el gobierno prefiere hacer ajustes en tres figuras diferentes (el despido objetivo, el contrato de 33 días y el contrato temporal). La reforma del despido objetivo y la del contrato temporal son tímidas; el contrato de 33 días es una medida provisional que se va eternizando.


Esto no quiere decir que la reforma no vaya a producir efectos. Lo que significa es que seguramente el propio gobierno no tiene una idea muy clara de cuáles van a ser.


Parece que los partidos han obligado al gobierno a tramitar la reforma como proyecto de ley. Seguramente, esa tramitación permitirá estudiar más a fondo las reformas e incluir algunos de los muchos aspectos de los que el gobierno no se ha acordado. Sin embargo, sin el impulso del gobierno, no podemos esperar una reforma profunda que verdaderamente defina las relaciones laborales españolas para el futuro.

martes, 8 de junio de 2010

Saber hablar

Lo primero que se necesita para defenderse es saber hablar. Puede parecer que todo el mundo sabe hablar, pero lo cierto es que mucha gente no tiene confianza en su habilidad para defenderse hablando.

A mí me dio la primera lección un contrario. Era el presidente de una comunidad de propietarios en un barrio obrero. Yo había ido a reunirme con la comunidad en nombre de la empresa que había construido el edificio. El hombre hablaba más valenciano que castellano y, la verdad, en muchos momentos costaba entender qué decía. Aun así, se defendía enérgicamente; tenía muy claro que yo había ido hasta allí para completar la estafa que la constructora había iniciado muchos años antes.

Después de un rato de discusión, el presidente me dijo que saliera de la reunión para que pudieran deliberar. Lo curioso fue argumento: "usted habla muy bien y nos va a convencer a todos".

Después de veinte años, todavía estoy impresionado por la claridad de ideas de aquel hombre.

domingo, 6 de junio de 2010

Como un laberinto

Todas las leyes definen los costes que tienen determinadas decisiones. Así, la ley de divorcio, al asignar o denegar a una persona la casa, o el coche, o los hijos, le está dando o quitando unos costes y unos beneficios. Como no todas las actividades son simplemente económicas, no todos los costes gobernados por la ley tienen la misma importancia. Por eso hay gente que se divorcia aunque eso le deje sin casa.


Pero las relaciones laborales sí son eminentemente económicas. La empresa está para ganar dinero; el trabajador también. Lógicamente, las decisiones sobre costes y beneficios ocupan el primer plano en las relaciones laborales. Por eso las leyes laborales son, más que ninguna otra cosa, una forma de alterar los costes de las decisiones de unos y otros.


Los cambios en el coste del despido alteran muchos otros aspectos de la relación entre la empresa y el trabajador. Con un despido más barato, el empresario gana facilidades para cambiar a los trabajadores de puesto, o de horario, o de ciudad, porque, en caso de resistencia, sea o no justificada, le resulta más fácil sustituir al trabajador por otro.


Las cosas se complican cuando se quiere que la ley regule más situaciones diferentes. Los costes se diversifican: uno para un despido disciplinario, otro para el despido de un representante sindical, otro para el de una embarazada, otro más en caso de crisis de la empresa, otro más para la prejubilación. En estas situaciones, las empresas y los trabajadores racionales (o sea, no todos), tienen que adoptar decisiones estratégicas. No sólo tienen que decidir si despiden o no, o si aceptan un cambio o no. También pueden (y deben) tomar otras decisiones que les colocarán en situaciones diferentes cuando llegue la decisión sobre el despido.


Un ejemplo es la protección de las madres en reducción de jornada. La trabajadora tiene derecho a la reducción de jornada, es decir, puede usarla o no usarla. Si no la usa, trabajará a jornada completa y cobrará el sueldo completo; si la usa, perderá una parte del sueldo y, además de ganar tiempo para su vida familiar, ganará una posición blindada en caso de despido. En muchos casos, a la trabajadora le interesará una reducción de jornada mínima (un 12,5%) precisamente para ganar esa protección frente al despido, aunque el tiempo que gane no le sirva para nada.


Situaciones similares se producen en algunos aspectos de la reforma laboral que viene. Para entenderla, habrá que examinarlos.

viernes, 4 de junio de 2010

Clarificar o reformar

El gobierno emite señales peculiares sobre la reforma laboral. Según parece, piensa clarificar las causas de despido objetivo sobre la base de la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Dicho así, parece bastante anodino. Al fin y al cabo, se supone que esa jurisprudencia, precisamente, ya ha clarificado o está clarificando lo que hiciera falta. Por lo tanto, se busca la apariencia de que no se plantea ninguna verdadera reforma.

Sin embargo, yo creo que la cosa no tiene nada de anodino. Más bien, se trata de la parte más trascendental de la reforma que se nos viene encima. Convendrá aclarar qué está diciendo realmente el gobierno en esa modesta propuesta.

Lo primero y lo más importante es que esta medida, a diferencia de los 33 días, sí tiene efecto sobre los contratos en vigor. En otra entrada yo comentaba que la ampliación del contrato de 33 días va a tener unos efectos muy progresivos, porque sólo se aplica a los contratos nuevos. Esta parte de la reforma, en cambio, afectará a todos los trabajadores.


Como ya recoge buena parte de la prensa, no se pretende simplemente aclarar las causas de despido. Decididamente, se pretende ampliarlas. Quizá no varíe el número de causas, ni su nombre, pero sí lo hará el número de trabajadores a los que afectará.

jueves, 3 de junio de 2010

Lo que se sabe de la reforma laboral

Quien quiera informarse sobre la reforma laboral tiene un problema, porque los periodistas, en general, no le ayudan en absoluto.

He consultado las ediciones en línea de cinco diarios (La Vanguardia, El Periódico, El País, El Mundo, Abc). La mayoría de ellas simplemente reproducen la información de la agencia EFE (que, por lo que se ve, es el principal medio de información del país). A esto se añaden algunos cotilleos (que si el gobierno envió un documento, que si no lo envió) y las reacciones públicas de los participantes: los sindicatos se quejan de que el gobierno no les ayuda; la patronal renuncia a la bajada de cotizaciones.

Sólo El Mundo y El País intentan mantener al lector informado sobre lo que puede acabar pasando. El Mundo sigue informando sobre el documento del gobierno de hace un mes; sus lectores se pueden llevar una sorpresa un día de estos.

El País parece ser el único diario que se esfuerza por que sus lectores sepan lo que está pasando. Da por hecha la extensión del contrato de los 33 días (ver este blog) y anuncia dos cuestiones que seguramente se están discutiendo muy intensamente en Madrid: la reforma de las causas de despido objetivo (hablaremos) y el sistema austríaco (también hablaremos).

Además, quizá para demostrar que sabe de lo que habla, El País publica un editorial apoyando dos medidas muy importantes: el contrato único de acceso al empleo (una de las propuestas más antiguas en el debate, habrá que hablar) y la reforma de la negociación colectiva (próximamente en las mejores pantallas).

Estas cuatro propuestas son el corazón de la reforma. Lo que se haga con ellas definirá su alcance y puede significar un verdadero cambio del sistema español de relaciones laborales.

Es triste que un debate tan importante para el país se esté celebrando sin que nuestros periodistas, con honradas excepciones, nos informen de nada.

martes, 1 de junio de 2010

Arqueología laboral


El edificio de la foto es un verdadero monumento histórico. Es la fábrica del Ford Model T en Highland Park, Detroit, obra de Albert Kahn. Igual que el coche y que los métodos de Ford, el edificio de Kahn inició una revolución.

Se puede visitar en http://www.detroityes.com/home.htm, junto con una colección impresionante de ruinas industriales, probablemente la mayor del mundo.

Hoy esta maravilla está abandonada. Los puestos de trabajo han desaparecido. La culpa no la tuvo la rigidez del mercado laboral de Detroit.

lunes, 31 de mayo de 2010

¿Reforma laboral?

Si tiene razón El País (que solía ser el Boletín Oficioso del Gobierno), el Gobierno está decidido a aprobar una reforma laboral. El despido pasará de 45 a 33 días por año. El anuncio de la medida será espectacular, incluida la reacción furiosa de los sindicatos. Lo que no está tan claro es qué efecto tendrá exactamente.

La reforma puede tener dos niveles muy distintos. En un primer nivel, se ampliarían las situaciones que permiten el contrato de 33 días que ya existe (fomento de la contratación indefinida). En un segundo nivel, se ampliaría la aplicación de los 33 días en esos contratos a todos los despidos.

Lo primero en que conviene fijarse es en que la reforma, si no hay sorpresas, no afectará a los contratos en vigor. El efecto inmediato, pues, será pequeño, incluso minúsculo y servirá más para la próxima crisis que para esta. Desde luego, a las empresas que todavía no hayan reducido sus plantillas, les resultará de poco alivio, precisamente porque sus trabajadores tienen contratos antiguos.

Lo segundo es que es una medida que se aplica a los despidos individuales, pero no (de momento) a los expedientes de regulación de empleo. Eso significa que se aplica sobre todo a las empresas muy pequeñas y a los autónomos, que suelen ser los empresarios menos previsores.

Los nuevos contratados, por supuesto, sufrirán un recorte. Lo curioso es que para muchos de ellos ese recorte no es nuevo. Efectivamente, el contrato para el fomento de la contratación indefinida ya existía. Ahora se le aplicará a más gente.

¿Y en qué consiste el recorte? Vale la pena mirarlo con lupa; como dicen los ingleses, el diablo está en los detalles.

En este tipo de contrato, la indemnización de 33 días por año se aplica con dos condiciones: que el despido sea por causas objetivas (por crisis), y que sea improcedente. Como todos los despidos objetivos, debe tener un preaviso de 30 días, cosa que unas veces se cumple y otras no. Cuando no se cumple, el empresario ha de pagar esos 30 días además de los 33 días por año.

Hagamos unos pocos cálculos:

Despedir a un trabajador con un año de antigüedad por causas objetivas cuesta 20 días de salario en indemnización, más los 30 de preaviso; total, 50. Si el empresario reconoce la improcedencia, costará 33 días de indemnización, más los 30 de preaviso, total 63 días de salario.

Si el despido se hubiera producido por otras causas (disciplinarias), y el empresario hubiera reconocido la improcedencia del despido, el coste hubiera sido de 45 días de salario en indemnización, sin derecho a preaviso. ¿Dónde está el ahorro?

El ahorro, lógicamente, está en el preaviso. Si el empresario preavisa (por ejemplo, aprovechando las vacaciones), el coste será de 33 días. Pero muchas veces ese preaviso no es posible, o el empresario no actúa con la suficiente antelación, y el coste no se habrá reducido.

Este efecto que causa el preaviso sobre el coste del despido dura dos años y medio. Con esa antigüedad, el coste es el mismo para el despido objetivo (33 días * 2,5 años = 82,5 + 30 días de preaviso = 112,5) que para el despido puro y duro (45 días * 2,5 años = 112,5). A partir de los dos años y medio (o sea, a partir de finales de 2012 o comienzos de 2013), los empresarios empezarán a notar una rebaja, que irá creciendo poco a poco con los años.

Se puede calcular ese ahorro. A principios de 2014, el empresario que optara por el despido objetivo se ahorraría un 7,62%

Claro que a los empresarios muy pequeños y los autónomos siempre les queda la opción de aprender a pensar con antelación. El incentivo económico es importante (en el ejemplo de un año de antigüedad, sería de un 40%), pero mi experiencia no me asegura que vaya a ser suficiente.

El segundo nivel de la posible reforma, si es que el gobierno se decide a decretarlo, puede tener efectos más importantes y, sobre todo, más rápidos. La idea sería que los nuevos contratos de fomento de la contratación indefinida tuvieran una única indemnización por despido improcedente de 33 días por año, tanto si son objetivos como si son disciplinarios.

Este segundo nivel sí supondría una reducción inmediata del coste del despido de los nuevos contratados (un 26,67%), porque nadie pagaría el preaviso. Bastaría con que la carta de despido no hiciera ninguna referencia a la crisis; incluso mejor, que no mencionara ninguna causa: automáticamente, el despido se consideraría disciplinario y el trabajador no tendría ningún derecho al preaviso.

viernes, 28 de mayo de 2010

Todo lo que sube, baja (y, a veces, también al revés)

Eliminar el coste del despido (o rebajarlo) supone un ahorro para las empresas y una reducción de los costes laborales. Esa rebaja será muy irregular, porque es un ahorro en el futuro, y cada empresa recibirá el beneficio en un momento distinto y, en muchos casos, cuando la crisis haya pasado. Por lo tanto, no está claro qué efecto real tendrá sobre los costes salariales del país.

En cambio, sí puede haber un efecto inmediato, y muy contraproducente.

Los costes del despido son un sustituto del ahorro para los trabajadores, al menos parcial. Los trabajadores que esperan ser indemnizados al perder su empleo no necesitan ahorrar (o no tanto) en previsión de quedarse sin trabajo. Teniendo en cuenta que el valor de este pseudo-ahorro puede oscilar entre el 5,48% y el 12,33% de la masa salarial bruta, se trata de un factor más que estimable.

El trabajador que ve desaparecer esta protección tendrá que sustituirla por otra. En principio, tiene dos opciones: puede gastar menos o puede intentar aumentar su salario.

No creo que el gobierno (ni el actual ni el próximo) estén muy interesados en ninguna de ambas posibilidades. Una reducción del gasto de los particulares profundizará la crisis; un aumento de los salarios impulsará la inflación y reducirá nuestra competitividad.

Se ha hablado del modelo austríaco, quizá como fórmula para canalizar este problema. Habrá que ver.


viernes, 21 de mayo de 2010

Un cálculo simple

Se discute mucho sobre el coste del despido en España, pero con muy poca profundidad. Tan poca que hay algunos razonamientos básicos de los que no se habla.

Hablemos de los costes básicos del despido (otros detalles los dejo para otro día). El despido más clásico del país es el improcedente. Le corresponde una indemnización de 45 días de salario por año de servicio. Por tanto, ese despido le cuesta al empresario lo mismo que si, en lugar de 365 días, cada año pagara 410. Es decir, que es un recargo del 12,33% sobre la masa salarial bruta.

El despido por causas objetivas, es decir, por crisis, tiene un coste básico de 20 días por año. Haciendo la misma cuenta, supone un recargo del 5,48% sobre la masa salarial bruta.

El invento de Aznar de los 33 días nos da otro porcentaje: el 9,04%.

Así que ese es el coste del despido. Mira qué fácil. El despido libre, pues, supondría una rebaja de los costes salariales de entre el 5,48% y el 12,33%.

Para los lectores del Profesor Krugman, que no todos son de izquierdas, aquí hay una vía para la deflación.

Viejas herejías

En mi juventud cometí algunos pecados (no debí ser el único). Ahora procuro no cometerlos, al menos no en público, pero no puedo decir que me arrepienta de todos. Y, desde luego, no puedo olvidar lo que aprendí de joven.

En aquellos años ochenta, además de Madonna, estaba de moda el análisis económico del derecho. Se ve que fue un pecado muy grave o quizá, como en el caso de la zorra, un empeño demasiado exigente. Pero para un laboralista no deja de ser sorprendente que ese análisis haya desaparecido del mundo de las leyes.

Al fin y al cabo, todo el mundo discute sobre el coste del despido, que es un fenómeno económico. ¿Es cierto que el coste del despido genera paro, o que reduce la contratación? Nunca entenderé porqué, si todo el mundo quiere saberlo, los laboralistas no lo estudian.

Creo que hay algunos economistas que estudian estas cosas, aunque no muchos. Uno de mis propósitos es encontrarlos.

Acabadas estas crípticas confesiones, uno de los temas del blog será mi modesta investigación sobre esta antigua y casi olvidada herejía.

martes, 18 de mayo de 2010

Saber, defenderse

Mucha gente no se defiende porque no sabe. Las cosas que una persona no sabe suelen variar; unos no saben qué dice la ley, otros no saben que tienen derechos, otros no saben cómo defenderse. Mi trabajo es defender a la gente y, más a menudo de lo que parece, enseñar a la gente.

No siempre el que enseña sabe. Muchas veces, cuando alguien me explica un problema, soy yo el que aprende; y cuando intento encontrar y explicar una solución, también soy yo el que aprende, y no siempre es derecho.

En mis reflexiones me han acompañado muchas personas. Algunas lo han hecho conscientemente, porque han sido cómplices de mis reflexiones; en otras personas, y en sus problemas, he pensado yo solo, por la pura curiosidad. A muchos me hubiera gustado explicarles lo que había pensado, o preguntarles más sobre su problema o sobre su vida, pero el problema ha pasado, y la oportunidad de seguir hablando, también.

Ahora inicio este blog de la ossa, con la esperanza de devolver una parte de lo que he aprendido.