domingo, 1 de abril de 2012

Reforma laboral (v): los convenios colectivos y el descuelgue salarial

La reforma laboral vuelve a tratar una cuestión bastante antigua, que es la de la fijación del salario en el convenio.

El sistema de representación para negociar el convenio, tanto de las empresas como de los trabajadores, es bastante peculiar. A menudo, el apoyo efectivo de que gozan las partes negociadoras es prácticamente simbólico. Muchos empresarios, obligados a cumplir el convenio, han venido quejando desde antiguo por no estar representados y porque, según dicen, los salarios de convenio son demasiado altos.

Para contentar a los empresarios se inventó el llamado descuelgue salarial: la posibilidad de que las empresas en dificultades dejen de aplicar el convenio.

En general, como idea, el descuelgue le plantea un problema serio al legislador. Si se deja de aplicar el convenio ¿qué se aplica? si deja de valer la decisión negociada, ¿qué vale ahora? La solución hasta ahora era que el descuelgue sólo podía producirse por acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Como es natural, ha sido muy raro que los trabajadores estuvieran de acuerdo en rebajar sus salarios por debajo del convenio, así que se han producido muy pocos descuelgues. Se ha tratado, sobre todo, de una institución simbólica.

La reforma ha intentado darle más efectividad al descuelgue, aunque sin mucho éxito. Dado que la obligación de negociar un acuerdo no surtía los efectos deseados, al gobierno se le ofrecían dos vías: ceder al empresario la facultad de dejar de aplicar el convenio (con lo cual el convenio perdería todo valor) o someter la cuestión a una tercera instancia, ya fuera un juicio o un arbitraje. Finalmente, la reforma ofrece una variedad de instancias de solución: las partes podrán acudir a la comisión paritaria del convenio, o al mecanismo de mediación y arbitraje que el convenio haya previsto o, si nada de esto funciona, a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (u órgano autonómico equivalente), quien a su vez podrá designar un árbitro para dictar un laudo.

Está claro que el gobierno no tiene mucha fe ni en la paritaria ni en los mecanismos previstos en convenio. No es de extrañar, sabiendo que la mayoría de los convenios no han conseguido crear mecanismos neutrales fiables ni efectivos.

La invocación de un laudo arbitral es más teórica que real. Desde luego, las partes pueden someter sus discrepancias a un árbitro, para eso no hacía falta reforma. No está tan claro que la ley pueda obligarles a hacerlo. Teniendo en cuenta el riesgo de que el Tribunal Constitucional invalide el laudo arbitral al cabo de varios años, es dudoso que nadie se someta al arbitraje sin la conformidad de la otra parte.

En resumen, que el descuelgue seguirá sin ser operativo. La reforma habrá conseguido un pequeño triunfo propagandístico entre los empresarios, temporalmente, hasta que vayan comprobando que en realidad no les ha otorgado nada de lo que reclamaban en esta materia.

Nuevos españoles

Si John F Kennedy tuviera la ocurrencia de venir a trabajar a España, probablemente descubriría que en realidad se llama John Fitzgerald, y que Kennedy era el apellido de soltera de su madre, o algo así.

El motivo, naturalmente, es que los españoles que han de rellenar los impresos dan por supuesto que todo el planeta funciona igual que España. Si hay dos apellidos, es evidente que el primero es del padre y el segundo de la madre. Fácil.

Esta molesta experiencia la padecen muchos españoles al adquirir la nacionalidad: España no sabe ni cómo se llaman. Es especialmente frecuente con los filipinos, una ex-colonia abrumadoramente olvidada por su ex-metrópoli. La historia encierra alguna moraleja, así que la explicaré por si alguien la descubre.

Como mucha gente ya sabe, las Islas Filipinas eran una colonia española. Los españoles se instalaron por primera vez en 1565 (Legazpi). Casi tres siglos después, en 1849, el Gobernador General Narciso Clavería y Zaldúa publicó un edicto disponiendo que la población indígena adoptara apellidos españoles o de resonancia española. El resultado fue un poco caótico, a juzgar por las vacilaciones sobre el nombre del Dr. Rizal: José Protasio Mercado Rizal de Alejandro, Lam-co Alonso de la Rosa, y Realonda de Quintos según la Wikipedia en español,   José Protasio Rizal Mercado y Alonzo Realonda según la Wikipedia en tagalo.

El edicto de Clavería sobre los apellidos no debió ser suficiente para convencer a los filipinos de que permanecieran bajo la corona española, porque emprendieron una guerra de independencia larga y sangrienta. En 1898, los Estados Unidos declararon la guerra a España, la ganaron y obtuvieron así el poder colonial sobre las Filipinas y el derecho a que la guerra de la independencia filipina se librara contra ellos. Tras mucha más sangre, los americanos ganaron también a los filipinos.

La costumbre actual de los filipinos es formar el nombre y apellidos a la manera de los Estados Unidos. Usan un nombre (a menudo compuesto), un apellido y un "middle name". Suelen usar el apellido de la madre como "middle name".