domingo, 11 de septiembre de 2011

Reformas, despidos, salarios

Recientemente, el Gobierno ha vuelto ha modificar el Estatuto de los Trabajadores. Esta vez, para permitir que las empresas encadenen los contratos temporales indefinidamente.

Dicho así, es un abaratamiento radical del despido. Parece que las empresas podrán despedir al trabajador por muy poco dinero casi en cualquier momento: cada semestre, cada trimestre, cada mes, dependiendo de la duración de los contratos que firmen. Y parece que el trabajador seguirá sin tener un contrato fijo hasta que acabe la crisis, por lo menos.

Digo parece porque la realidad es más compleja, desde luego. La inmensa mayoría de los contratos temporales son fraudulentos y el trabajador, aunque no lo sepa, está fijo diga lo que diga el contrato. Cuando por fin los despidan, muchos trabajadores seguirán acudiendo a los juzgados para que su empresa reconozca que los contratos eran fraudulentos y que, en realidad, eran fijos. Muchísimos trabajadores, como hasta ahora, seguirán sin conocer sus derechos (que ahora son un poco más difíciles de reconocer) y, por lo tanto, sin reclamar.

Junto al abaratamiento del despido, esta reforma puede provocar también una rebaja de los salarios y otras condiciones laborales. En la gran mayoría de los contratos temporales, el trabajador está a merced del empresario, que es quien suele decidir si renueva el contrato o no. Con la crisis, esta situación se ha agudizado. Sabiendo lo difícil que es encontrar empleo en este momento, cada vez más trabajadores están dispuestos a asumir sacrificios para conservar el empleo. Lógicamente, cada vez más empresarios estarán dispuestos a beneficiarse de esos sacrificios.

La amenaza de no renovar el contrato puede servir para muchos objetivos: reducir el sueldo, exigir más horas extra (pagadas o gratis), cargar los costes de desplazamiento a los trabajadores, desincentivar las bajas médicas. En conjunto, el contrato temporal sirve para reducir los costes laborales de la empresa.

Este efecto no se produce sobre todos los trabajadores por igual. Los trabajadores que ya están fijos continuarán relativamente protegidos de esta presión. En cambio, los trabajadores con contrato temporal seguirán siendo de segunda categoría.